Medidas del Gobierno Nacional ante Prevencion COVID19

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Factura Electrónica

A continuación les informamos las medidas que ha tomado el Gobierno Nacional en relación con la emergencia sanitaria que afrontamos:

Decreto 434 de 2020 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
a) Amplió el plazo para la renovación de la matricula mercantil, el registro único nacional de entidades operadoras de libranza –Runeol– y demás registros que integran el registro único empresarial y social –Rues– hasta el tres (3) de julio del año en curso.
b) Amplió el plazo para la renovación del registro único de proponentes hasta el quinto (5to) día hábil de Julio del año en curso.
c) Ampliación de la Asamblea Ordinaria de que trata el artículo 422 del Código de Comercio, la cual se podrá llevarse a cabo dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria, esto es, en junio del año en curso, según lo prevé a través del Decreto 385 de 2020.

Decreto 435 de 2020 del Ministerio de Hacienda.
a) Modificó las fechas para la presentación y el pago de la primera cuota del Impuesto sobre la Renta y Complementarios de las personas Jurídicas (y de Ingresos y Patrimonio). Se presentarán y se pagarán entre el 21 de abril y el 19 de mayo, que antes estaba determinada entre el 14 de abril y el 12 de mayo, es decir que la ampliación fue de 1 semana.
b) Plazo para el pago del IVA del segundo bimestre (marzo-abril) o del primer cuatrimestre (enero-abril) y hasta el 30 de junio; únicamente para: contribuyentes que realicen actividades de expendio a la mesa de comidas preparadas, expendio de comidas preparadas en cafeterías, otros tipos de expendio de comidas preparadas, expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento, actividades de las agencias de viaje y actividades de operadores turísticos. El anterior plazo estaba programado entre el 12 y el 26 de mayo.
c) Plazo para el pago del Impuesto Nacional al Consumo del segundo bimestre hasta el 30 de junio; únicamente para: contribuyentes que realicen actividades de expendio a la mesa de comidas preparadas, expendio de comidas preparadas en cafeterías, otros tipos de expendio de comidas preparadas, expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento. El anterior plazo estaba programado entre el 12 y el 26 de mayo.

Decreto 397 de 2020 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Amplió el plazo para la presentación y el pago de la Contribución Parafiscal para la promoción del Turismo del primer trimestre del año 2020, hasta el 29 de Julio de 2020 (mismo plazo en que vencerá el pago del segundo Trimestre de 2020).

Circular Externa 100-000003 de Supersociedades.
Modificó los plazos para la presentación de los Estados Financieros de las sociedades vigiladas, controladas e inspeccionadas del año 2019 desde el 14 de abril de 2020 hasta el 27 de abril de 2020, que antes estaban desde el 30 de marzo al 17 de abril de 2020.

Circular 21 de Mintrabajo.
Presenta las diversas alternativas que en material laboral, los empleadores pueden optar para proteger el empleo y la actividad productiva de sus empresas: Trabajo en casa (diferente al Teletrabajo), Teletrabajo, Jornada Laboral Flexible, Vacaciones Anuales, Anticipadas y Colectivas, Permisos Remunerados – salario sin prestación del servicio.